Si rectificar es de sabios, como dice el refranero con acierto, la Diputación foral de Bizkaia, y sus responsables tributarios han ganado los últimos meses en sabiduría.
Nos referimos al conocido proyecto de ticket bai . Si usted no sabe lo que es ticket bai ,o bien tiene suerte, o bien, como debe ser, se ha dedicado a satisfacer las necesidades de su negocio y de sus clientes y no los deseos de las autoridades tributarias.
En cualquier caso, si ha llegado al tercer párrafo parece que sigue interesado en el asunto, por lo que continuaremos hablando de ello. Básicamente es una nueva obligación de facturación que exige un software homologado (garante lo llaman), una firma digital, una conexión a internet y una remisión de
datos a hacienda de manera constante. También habrá que remitir además de esa información la de las facturas recibidas y apuntes contables (Batuz)
Esta obligación no distingue del tamaño del negocio y se pretendía implantar de manera obligatoria a comienzos del presente año (2021)
Las mentes pensantes de la sección correspondiente parecían tener claro que los contribuyentes iban a poder cumplirlo y que si no lo hacían no sería por la indefinición del proyecto, reticencias de los fabricantes de software o por las cuentas de resultados tocadas sino por el ánimo defraudatorio.
Finalmente, el desastre de la campaña de renta, creemos, la presión de los profesionales tributarios, el omnipresente Covid y, seguro, la intervención de gente competente e inteligente del ámbito tributario (que los hay, dentro y fuera de la administración) han dado un giro a la historia que ya lo quisiera Netflix en algunos capítulos. Dice así el organismo recaudador : “Tras recabar las aportaciones de colegios profesionales y asociaciones empresariales y de la asesoría fiscal, la Hacienda Foral considera conveniente flexibilizar el plazo establecido para la adopción obligatoria de Batuz, trasladándolo hasta el 1 de enero de 2024” Sea.

Permítannos resumir los cambios y la deriva vizcaína (pues aquí en la comunidad autónoma este proyecto ha cogido tres velocidades distintas correspondientes a cada uno de los territorios históricos) del proyecto:
1. Del Inicio obligatorio a 2021 de las primeras normas hemos pasado a 2024. Aquí quienes no querían oír ni hablar del proyecto a corto plazo parecen haber acertado en sus predicciones. El cuento de Pedro y el Lobo, parece, esta vez, no haberse cumplido.
2. Va a existir un programa gratuito e ilimitado creado por la diputación, inicialmente limitado a la emisión de 100 facturas parece ahora, por declaraciones públicas, que va a permitir emitir todas las que se quieran (o puedan) facturar. Existen muchas dudas de cómo va a funcionar este programa (desde luego, creemos, peor que la mayoría de las soluciones del mercado) y de cómo integrarlo en los procesos de las empresas que no sean autónomos de pequeño tamaño.
Este punto abre una interesante tensión y equilibrio con los desarrolladores de software. La administración les ha necesitado para que produzcan software según los requerimientos de ticket bai, no el gusto del usuario (la administración selecciona la información que quiere y, además, pretende que los fabricantes certifiquen bajo auto de fe lo inquebrantable de esa
información).Hecho esto, los desarrolladores necesitan que el usuario compre y, de alguna manera, pague esos esfuerzos en desarrollo. No obstante, con el retraso de dos años en la implantación, el periodo de recuperación de la inversión parece mayor y, segundo, si la diputación pone a disposición un programa gratuito restará negocio a esos fabricantes que
necesita integrar en sus pretensiones . Desde luego, si no existiera esta frágil relación, no se entiende por qué se limitó a 100 facturas emitidas máximo el programa original.
3. Deducción en la cuota del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades del 30% de los siguientes gastos o inversiones que estén relacionados con su implantación:
- Adquisición de equipos y terminales, con sus software y periféricos asociados, así como su implantación e instalación.
- Adquisición del software de firma electrónica necesario, así como su implantación e instalación.
- La deducción siempre es un buen incentivo, aunque se necesita ganar dinero para aplicarla.
4. Las personas que implanten Batuz desde el 1 de enero de 2022 dispondrán de una reducción del 15% de su base imponible en IRPF o IS en los ejercicios 2022 y 2023.
- Desde el 1 de abril de 2022, la compensación será del 13% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de julio de 2022, del 11% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de octubre de 2022, del 9% en 2022 y 2023.
- Desde el 1 de enero de 2023, del 5% en 2023.
- Desde el 1 de abril de 2023, del 4% en 2023.
- Desde el 1 de julio de 2023, del 3% en 2023.
- Desde el 1 de octubre de 2023, del 2% en 2023.
Es en este último punto donde creemos que la diputación ha acertado, por dos
razones fundamentales. La primera, incentiva y no castiga, da tiempo, y permite que un problema a corto plazo sea una oportunidad para aquellas entidades con bases imponibles positivas tengan un acicate para la digitalización, mejorar los procesos e implantación de sistemas integrales de gestión, los famosos Erp.
Es cierto que quedan fuera de los incentivos las sociedades patrimoniales y
quienes pierden dinero ahora (que son muchos) También es cierto que pequeños autónomos siguen viéndose perjudicados al multiplicarse las exigencias formales y los costes administrativos. No obstante, y a pesar de todo debemos concluir que hemos pasado de otear un desastre a poder aprovechar una oportunidad de mejora, que no es poco.
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